Contratación y certificaciones

Recepción de obra

Recepción de obra es el acto por el cual el constructor, una vez concluida la obra, la entrega al promotor y este la acepta. Puede hacerse con o sin reservas, y abarca la totalidad de la obra o fases completas y terminadas. Se consigna en un acta firmada, al menos, por el promotor y el constructor.

Qué tener en cuenta

El acta recoge las partes, la fecha del certificado final, el coste final de ejecución material, la declaración de recepción con o sin reservas, con el plazo para subsanar los defectos, y las garantías exigidas al constructor. El promotor puede rechazarla, de forma motivada y por escrito, si la obra no está terminada o no se ajusta al contrato.

Un ejemplo en obra

Una vez terminada la obra, el promotor y el constructor firman el acta de recepción con reservas, y fijan un plazo para que se reparen unos remates pendientes.

Términos relacionados

Fuentes: Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, artículo 6 (BOE).

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Última actualización: 2026-10-01. Definición redactada con apoyo de inteligencia artificial y pendiente de revisión por un profesional.