Normativa y trámites

Agentes de la edificación

Agentes de la edificación son todas las personas físicas o jurídicas que intervienen en el proceso de edificar. Según la Ley de Ordenación de la Edificación son el promotor, el proyectista, el constructor, el director de obra, el director de la ejecución, las entidades y laboratorios de control de calidad, y los suministradores de productos.

Qué tener en cuenta

Cada agente tiene unas obligaciones y una responsabilidad distintas, que la ley define para saber quién responde de qué cuando aparece un defecto. Conocer el papel de cada uno ayuda a organizar una obra: quién decide y financia, quién proyecta, quién construye, quién dirige y controla, y quién comprueba la calidad de los materiales.

Un ejemplo en obra

En una obra de viviendas, el promotor encarga el proyecto a un arquitecto, contrata a una constructora y nombra una dirección facultativa y un laboratorio de control.

Términos relacionados

Fuentes: Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (BOE).

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Última actualización: 2026-10-01. Definición redactada con apoyo de inteligencia artificial y pendiente de revisión por un profesional.